Ciberseguro: qué cubre, precio y cómo elegirlo en 2026

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Ciberseguro: qué cubre, precio y cómo elegirlo en 2026

21 min de lectura
Michael Gradek

Michael Gradek

Socio Director

Revisado el 22 de julio de 2026

Un ciberseguro es la póliza que cubre las pérdidas económicas, los costes de respuesta técnica y la responsabilidad frente a terceros que provoca un incidente informático: un ransomware que para tu producción, una brecha de datos de clientes, una transferencia hecha a un estafador. No protege tus sistemas —eso lo hacen las medidas de ciberseguridad—, sino tu cuenta de resultados cuando esas medidas fallan.

Esa distinción explica casi todo lo demás: por qué las aseguradoras exigen controles técnicos antes de aceptarte, por qué la prima depende tanto de tu higiene digital como de tu facturación, y por qué una póliza mal suscrita se convierte en un rechazo de siniestro en el peor momento posible.

Esta guía es el punto de entrada al cluster de ciberriesgo de Vesta: qué cubre de verdad un ciberseguro, cuánto cuesta en España, qué exclusiones tumban un siniestro, qué exige la ley cuando te atacan y cómo se comparan las ofertas del mercado con un criterio que no sea el precio.

(Nota de desambiguación: si has llegado buscando programas de concienciación tipo "ciudadano ciberseguro", esto es otra cosa. Aquí hablamos del producto asegurador para empresas y autónomos.)

¿Qué es un ciberseguro y qué cubre exactamente?

Un ciberseguro es un contrato de seguro en el sentido del artículo 1 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, que define el contrato como aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar. Lo que cambia respecto a una póliza clásica es la naturaleza del evento —un incidente informático— y, sobre todo, que buena parte de la prestación no es dinero sino servicio: un equipo de respuesta que entra en tus sistemas en cuestión de horas.

Este artículo, en vídeo
Ciberseguro para autónomos: cuánto cuesta y qué cubre (desde 150€/año)

¿Prefieres verlo? Te contamos cuánto cuesta un ciberseguro para autónomos y qué cubre de verdad.

3:50 min

Las coberturas se agrupan en tres bloques. Entenderlos por separado es lo que te permite leer cualquier condicionado del mercado, se llame como se llame el producto.

Daños propios (primera parte)

Es lo que le pasa a tu empresa:

  • Restauración de datos y sistemas: peritaje forense, limpieza, reinstalación y recuperación de la información.
  • Pérdida de beneficios por interrupción: el margen que dejas de ganar mientras estás parado, normalmente con un período de franquicia en horas (habitualmente 8, 12 o 24).
  • Extorsión cibernética: gestión del incidente de ransomware, negociación especializada y, en algunas pólizas y con condiciones estrictas, el rescate.
  • Gastos de notificación y gestión de crisis: avisar a los afectados, servicio de atención, comunicación y reputación.
  • Reposición de fondos por fraude: solo si contratas el sublímite específico. Volveremos sobre esto porque es la trampa más cara.

Responsabilidad civil frente a terceros

Es lo que les pasa a los demás por tu culpa:

  • Reclamaciones de clientes, proveedores o empleados cuyos datos se han visto comprometidos.
  • Sanciones administrativas derivadas de la normativa de protección de datos, en la medida en que sean legalmente asegurables.
  • Responsabilidad por contenidos y por transmisión de malware a la red de un tercero.

Servicios de respuesta

La cobertura que más se usa y la que menos se compara. Incluye línea 24/7, respuesta forense, asesoría jurídica especializada en protección de datos y soporte de comunicación. En una pyme sin equipo de IT propio, esta es la diferencia real entre parar dos días y parar dos semanas.

¿Qué riesgos cubre un ciberseguro y cuáles son los más frecuentes en España?

Los datos oficiales dan la medida del problema. Según el Balance de Ciberseguridad 2025 de INCIBE, publicado en febrero de 2026, el instituto gestionó 122.223 incidentes durante 2025, un 26 % más que el año anterior. El desglose importa más que el total, porque cada tipo de incidente activa una cobertura distinta:

Tipo de incidente (INCIBE 2025) Casos Cobertura del ciberseguro que se activa
Malware 55.411 (incl. 392 de ransomware) Restauración de sistemas, interrupción, extorsión
Fraude online 45.445 (+19 % interanual) Reposición de fondos (sublímite), defensa jurídica
Phishing 25.133 Puerta de entrada: activa la cobertura del daño resultante
Robo de información 3.849 Brecha de datos, notificación, RC frente a terceros

INCIBE detectó además 237.028 sistemas vulnerables relevantes y atendió 142.767 consultas en su línea de ayuda, un 44,9 % más que en 2024. En el ámbito de operadores esenciales gestionó 401 incidentes, concentrados en banca (34 %), transporte (14 %), energía (8 %), infraestructuras de mercados financieros (7 %) y aseguradoras y fondos de pensiones (6 %).

Hay una lectura de estos números que no suele hacerse: el ransomware es el 0,3 % de los incidentes pero se lleva la mayor parte del coste, mientras que el fraude online es el 37 % de los casos y es precisamente lo que la cobertura base no incluye. Dicho de otro modo, el riesgo más probable para una pyme española es justo el que se queda fuera de la póliza estándar. Esa asimetría es la que hay que corregir al suscribir.

Traducido al día a día, los tres escenarios que de verdad acaban en siniestro son estos:

  1. Ransomware. Cifran los servidores un viernes por la tarde. El coste no es el rescate: son los días parados, el forense, la reconstrucción y los clientes que no puedes atender.
  2. Fraude del CEO o de proveedor. Alguien suplanta al administrador o cambia el IBAN en una factura y contabilidad paga. Es el siniestro más frecuente en empresas pequeñas y el que peor cubierto está.
  3. Brecha de datos. Se filtra la base de clientes. Aquí el coste es regulatorio y reputacional: notificaciones, AEPD, reclamaciones.

¿Cuánto cuesta un ciberseguro en España?

Un ciberseguro para una pyme española cuesta de forma orientativa entre 300 y 600 € al año en los perfiles más sencillos (autónomo o microempresa, límite de 100.000–250.000 €), y entre 1.200 y 4.000 € para pymes con facturación de varios millones, datos sensibles o dependencia crítica de sus sistemas. No hay tarifa plana: el precio se construye sobre variables concretas.

Estas son las que de verdad mueven la prima, por orden de peso:

Factor Cómo afecta a la prima
Facturación anual Base principal del cálculo. Los tramos suelen saltar en 500.000 €, 2 M€ y 10 M€.
Sector Sanidad, asesorías, e-commerce y despachos jurídicos pagan más: tratan datos sensibles o de terceros.
Volumen y tipo de datos Datos de salud, financieros o de menores multiplican la exposición regulatoria.
Límite y sublímites Doblar el límite no dobla la prima; el sublímite de fraude sí encarece de forma sensible.
Controles técnicos MFA, copias aisladas y EDR pueden reducir la prima de forma apreciable —o ser condición para que te coticen.
Siniestralidad previa Un incidente en los últimos 3 años endurece condiciones o excluye la causa.

Merece la pena detenerse en la relación entre controles técnicos y prima, porque es la única variable de esta lista que puedes cambiar tú antes de pedir precio. El MFA funciona hoy como un interruptor binario: sin él, muchas compañías declinan el riesgo directamente, así que su efecto no es "descuento" sino "acceso al mercado". Las copias de seguridad aisladas y con restauración probada actúan sobre la cobertura de interrupción, que es la partida más cara del siniestro, y por eso son las que más mueven la prima a la baja. El EDR y la formación en phishing pesan menos de forma individual, pero cambian el tramo de suscripción en el que te clasifica el asegurador. La consecuencia práctica: si te falta el MFA, actívalo antes de pedir cotizaciones, no después. Pedir precio con los deberes sin hacer fija un punto de partida peor del que te corresponde.

Qué límite necesitas según tu perfil

La pregunta útil no es "cuánto cuesta" sino "cuánto límite necesito". Esta matriz orienta la decisión a partir de los dos ejes que de verdad importan: cuánto pierdes por día parado y cuántos datos personales custodias.

Perfil Registros personales Límite orientativo Sublímite de fraude Prima orientativa/año
Autónomo digital, sin datos de terceros < 1.000 100.000 € Opcional 300–500 €
Comercio o servicio local, 5–15 empleados 1.000–10.000 250.000 € Sí 500–1.200 €
Pyme con ERP crítico (logística, industria) 5.000–50.000 500.000 € Sí 1.200–3.000 €
Asesoría, clínica, e-commerce con datos sensibles > 20.000 500.000–1 M€ Sí 2.000–5.000 €
Proveedor de entidad esencial (NIS2) Variable Según pliego (a menudo ≥ 1 M€) Sí Según exigencia

Para dimensionar el mercado: según el VI Estudio sobre Ciberseguridad y Gestión del Riesgo Ciber en España, elaborado por Aon con datos de más de 1.500 organizaciones, el volumen de primas de seguros ciber en España alcanzó los 190 millones de euros, un 12 % más que el año anterior. Es un ramo en expansión, con capacidad creciente y competencia real entre aseguradoras: buena noticia para quien compara, porque significa que hay margen de negociación en condicionado, no solo en precio.

¿Qué exclusiones y requisitos hacen que un ciberseguro no pague?

Esta es la sección que casi ningún comparador escribe, y es la que decide si cobras. Un ciberseguro se rechaza, casi siempre, por una de estas cinco razones:

1. Incumplimiento del deber de declaración del riesgo. El artículo 10 de la Ley 50/1980 obliga al tomador, antes de la conclusión del contrato, a declarar al asegurador —de acuerdo con el cuestionario que este le someta— todas las circunstancias por él conocidas. En ciber, ese cuestionario pregunta por MFA, copias de seguridad, antivirus y formación. Marcar "sí" a un control que no tienes es la vía más rápida a un siniestro no indemnizado.

2. Ausencia de los controles comprometidos. Distinto del anterior: los declaraste correctamente, pero después dejaste de aplicarlos. Las pólizas de 2026 incluyen condiciones particulares que exigen mantener MFA en accesos remotos y correo, y copias de seguridad desconectadas de la red.

3. Fraude de transferencia sin sublímite contratado. Ya lo hemos visto: la cobertura base cubre el ataque a tus sistemas, no el dinero que un empleado envía voluntariamente engañado. Es una cobertura aparte.

4. Incidentes anteriores a la póliza (retroactividad). Si el atacante entró en marzo y tú contrataste en mayo, la fecha del hecho generador manda. Revisa siempre la cláusula de retroactividad: en un ransomware, el acceso inicial suele preceder al cifrado en semanas o meses.

5. Comunicación tardía del siniestro. El artículo 16 de la Ley 50/1980 establece que el tomador, el asegurado o el beneficiario deberán comunicar al asegurador el acaecimiento del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conocido. En ciber, además, llamar tarde destruye evidencia forense.

Y al revés: estos son los requisitos de suscripción que el mercado español pide de forma estándar en 2026. Si no los cumples, el problema no es el precio, es que no te cotizan:

  • MFA en correo electrónico, VPN y accesos administrativos.
  • Copias de seguridad con al menos una copia aislada o inmutable, y restauración probada.
  • Antivirus/EDR actualizado en todos los endpoints.
  • Política de parcheado razonable y sistemas operativos con soporte.
  • Formación básica en phishing para el personal.

¿Qué obligaciones legales tienes en España tras un ciberataque?

Cuando te atacan no corre un plazo: corren tres a la vez, y son independientes entre sí. Es el error de gestión más caro que vemos, porque una empresa bien asesorada en lo técnico puede seguir incumpliendo en lo regulatorio.

Plazo Ante quién Base legal
24 horas (alerta temprana) CSIRT de referencia, si eres entidad esencial o importante Marco NIS2
72 horas AEPD, si hay datos personales afectados Art. 33 RGPD
7 días Tu aseguradora Art. 16 Ley 50/1980

Protección de datos. El artículo 33.1 del RGPD obliga al responsable del tratamiento a notificar la brecha a la autoridad de control sin dilación indebida y, de ser posible, a más tardar 72 horas después de que haya tenido constancia de ella. La AEPD precisa que la notificación debe describir la naturaleza de la violación, los datos y categorías de afectados y las medidas adoptadas para resolverla, y pone a disposición la herramienta ASESORA BRECHA para evaluar si la notificación es necesaria. Si la brecha entraña un alto riesgo para los derechos y libertades de los afectados, el artículo 34.1 obliga además a comunicárselo a ellos sin dilación indebida. Las infracciones más graves pueden alcanzar sanciones de hasta 20 millones de euros o el 4 % del volumen de negocio anual mundial total (art. 83.5 RGPD).

NIS2. La Directiva (UE) 2022/2555 impone a entidades esenciales e importantes medidas técnicas, operativas y organizativas de gestión de riesgos y una notificación escalonada: alerta temprana en 24 horas, notificación detallada en 72 horas e informe final en un mes, según la guía de INCIBE sobre NIS2. En España, la transposición se articula mediante la Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad, cuyo anteproyecto presentó el Consejo de Ministros el 14 de enero de 2025 para su tramitación por el procedimiento de urgencia, y que prevé crear un Centro Nacional de Ciberseguridad. A julio de 2026 la norma sigue en tramitación parlamentaria y no se ha publicado en el BOE, por lo que conviene verificar su estado antes de tomar decisiones de cumplimiento. El anteproyecto alcanza a entidades públicas y privadas de sectores de alta criticidad: energía, transporte, banca y mercados financieros, sanidad, agua, infraestructuras digitales y servicios tecnológicos, administración pública e industria nuclear.

¿Qué proveedores de ciberseguro hay en España y en qué se diferencian?

El mercado español combina tres tipos de oferta, y confundirlos es la causa habitual de que alguien crea estar cubierto sin estarlo.

Tipo de oferta Ejemplos en el mercado Fortaleza Limitación
Aseguradoras generalistas El ciberseguro de Mapfre para autónomos y pymes; el de BBVA Allianz distribuido por el banco; el ciberseguro de Santander; AXA; Zurich Integración con el resto de tu programa de seguros y un interlocutor único Condicionados más estandarizados y menos margen de negociación
Especialistas en ciber Hiscox (gama CyberClear), Chubb, Beazley, AIG, Tokio Marine HCC Red forense propia, límites altos y condicionados más finos Suscripción más exigente en controles técnicos
Paquetes de telco/IT El ciberseguro de Telefónica y Movistar Empresas Protección técnica y póliza en una sola factura Producto cerrado: no se negocia ni se compara

Los nombres comerciales despistan: productos llamados Cyber Plus, CyberClear o similares pueden tener alcances muy distintos. Compara condicionados, no marcas.

Cómo puntuar una oferta de ciberseguro

Para comparar sin perderse, aplica esta ponderación. Es el mismo esquema que usamos internamente al analizar cotizaciones, y refleja el peso real de cada cláusula en la indemnización final:

Criterio Peso Qué preguntar exactamente
Sublímite de fraude de transferencia 25 % ¿Está incluido? ¿Con qué importe y qué requisitos de doble validación?
Pérdida de beneficios 20 % ¿Cuál es la franquicia temporal en horas y el período de indemnización en meses?
Respuesta 24/7 20 % ¿Quién la presta, en qué idioma y en cuánto tiempo se compromete a intervenir?
Límite por siniestro vs. agregado anual 15 % ¿El agregado se restaura tras un siniestro o se agota para el resto del año?
Retroactividad 10 % ¿Desde qué fecha cubre hechos generadores anteriores a la póliza?
Exigencias durante la vigencia 10 % ¿Qué controles debo mantener y qué pasa si uno cae temporalmente?

Al elegir compañía, además del condicionado conviene mirar tres cosas que rara vez aparecen en un comparador: la calificación de solvencia de la aseguradora, la capacidad que puede desplegar en el ramo (determina si podrá acompañarte cuando crezcas) y si la red de respuesta forense opera en España y en español, porque un incidente gestionado a distancia y en otro huso horario se alarga.

¿Cómo se contrata un ciberseguro y cómo se gestiona un siniestro?

Para contratar necesitas menos papeleo del que imaginas, pero más honestidad técnica de la habitual:

  1. Datos básicos: CIF, actividad (CNAE), facturación del último ejercicio y número de empleados.
  2. Cuestionario de ciberseguridad: MFA, copias de seguridad, EDR, parcheado, formación y si has sufrido incidentes en los últimos 3 años. Respóndelo con el responsable de IT delante.
  3. Volumen de datos tratados: número aproximado de registros personales y si hay categorías especiales (salud, biometría).
  4. Elección de límite y sublímites, con la decisión explícita sobre fraude de transferencia.

Ante un siniestro, el orden importa:

  1. Llama primero a la línea 24/7 de la póliza, antes de tocar nada. Apagar y reinstalar por tu cuenta destruye evidencia y puede comprometer la indemnización.
  2. Aísla los equipos afectados sin borrarlos.
  3. Comunica el siniestro a la aseguradora dentro de los siete días del artículo 16.
  4. Valora la notificación a la AEPD en 72 horas si hay datos personales.
  5. Documenta el impacto operativo desde el minuto uno: partes de producción, pedidos no servidos, horas de personal parado. Es la base del cálculo de la pérdida de beneficios y, si no lo haces desde el principio, es irreconstruible después.

Conviene recordar que el artículo 20 de la Ley 50/1980 entiende que el asegurador incurre en mora cuando no hubiere cumplido su prestación en el plazo de tres meses desde la producción del siniestro, con el consiguiente devengo de intereses. No es un detalle menor cuando estás financiando la parada con tesorería propia. Puedes ver cómo acompañamos este proceso en nuestra página de siniestros.

¿Merece la pena contratar un ciberseguro?

Merece la pena cuando tu negocio se para si se paran tus sistemas o cuando tratas datos de terceros. Si cumples alguna de esas dos condiciones, el ciberseguro no es un extra: es la cobertura que evita que un incidente de dos días se convierta en un problema de solvencia. Si eres un negocio sin dependencia digital real ni datos sensibles, la prioridad es invertir antes en controles básicos.

Un test rápido y honesto, con tres preguntas:

  • Si mañana no puedes acceder a tus sistemas, ¿cuántos días aguantas facturando? Si la respuesta es menos de cinco, tienes exposición a interrupción.
  • ¿Cuántos registros de clientes guardas? A partir de unos pocos miles, el coste de notificar una brecha ya supera la prima anual.
  • ¿Pagas facturas por transferencia a partir de un correo? Entonces tu riesgo principal es el fraude, y necesitas el sublímite específico.

Lo que no debes esperar del ciberseguro: que sustituya a las medidas técnicas. Ninguna aseguradora asegura una casa sin puertas, y en 2026 la puerta se llama MFA.

Y una precisión frecuente: tu póliza de multirriesgo de negocio no cubre esto. El multirriesgo cubre el daño material al equipo informático —un incendio, un robo del portátil—, no el cifrado de tus datos ni la responsabilidad por una brecha. Del mismo modo, el seguro de responsabilidad civil cubre daños a terceros por tu actividad, pero excluye habitualmente los derivados de incidentes informáticos, y el seguro de D&O protege al administrador en su esfera personal, no a la sociedad. Son capas distintas y complementarias.

Si quieres ver cómo se aterriza esto en tu caso concreto, tenemos guías específicas para pymes, autónomos y empresas de transporte, el segundo sector más afectado entre los operadores esenciales según INCIBE.

Fuentes y referencias

  1. INCIBE gestionó 122.223 incidentes de ciberseguridad en 2025, un 26 % más que el año anterior, con 55.411 casos de malware (incluidos 392 de ransomware), 45.445 de fraude online, 25.133 de phishing y 3.849 de robo de información; detectó 237.028 sistemas vulnerables, gestionó 401 incidentes en operadores esenciales y atendió 142.767 consultas en su línea de ayuda. — INCIBE — Balance de Ciberseguridad 2025 (nota de prensa)(consultado 2026-07-21)
  2. El artículo 33.1 del RGPD obliga a notificar la brecha a la autoridad de control sin dilación indebida y, de ser posible, a más tardar 72 horas después de tener constancia; el artículo 34.1 obliga a comunicarla a los afectados cuando entrañe un alto riesgo; y el artículo 83.5 fija sanciones de hasta 20.000.000 EUR o el 4 % del volumen de negocio anual mundial total. — Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) — EUR-Lex(consultado 2026-07-21)
  3. La Ley 50/1980 de Contrato de Seguro define el contrato de seguro en su artículo 1, impone al tomador el deber de declarar el riesgo conforme al cuestionario del asegurador antes de la conclusión del contrato (art. 10), fija un plazo máximo de siete días para comunicar el siniestro (art. 16) y entiende que el asegurador incurre en mora si no cumple su prestación en tres meses desde la producción del siniestro (art. 20). — BOE — Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (texto consolidado)(consultado 2026-07-21)
  4. La AEPD establece que la notificación de una brecha de datos personales debe realizarse sin dilación indebida y, de ser posible, dentro de las 72 horas siguientes a que el responsable tenga constancia, describiendo la naturaleza de la violación, los datos y categorías de afectados y las medidas adoptadas; ofrece además la herramienta ASESORA BRECHA para evaluar si la notificación es necesaria. — AEPD — ¿A quién hay que notificar las brechas de datos personales?(consultado 2026-07-21)
  5. La Directiva NIS2 impone a entidades esenciales e importantes medidas técnicas, operativas y organizativas de gestión de riesgos y una notificación escalonada: alerta temprana en 24 horas, notificación detallada en 72 horas e informe final en un mes. — INCIBE-CERT — NIS2: lo que necesitas saber(consultado 2026-07-21)
  6. El Consejo de Ministros presentó el 14 de enero de 2025 el anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad, para su tramitación por el procedimiento de urgencia, que prevé crear un Centro Nacional de Ciberseguridad y alcanza a entidades de sectores de alta criticidad (energía, transporte, banca y mercados financieros, sanitario, agua, infraestructuras digitales y servicios tecnológicos, administración pública e industria nuclear). A julio de 2026 la norma continúa en tramitación y no se ha publicado en el BOE. — La Moncloa — Consejo de Ministros, 14 de enero de 2025(consultado 2026-07-21)
  7. El volumen de primas de seguros ciber en España alcanzó los 190 millones de euros, un 12 % más que el año anterior, según el VI Estudio sobre Ciberseguridad y Gestión del Riesgo Ciber en España elaborado por Aon con datos de más de 1.500 organizaciones. — Aon — VI Estudio sobre Ciberseguridad y Gestión del Riesgo Ciber en España(consultado 2026-07-21)

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el precio de un seguro de ciberseguridad en España?
De forma orientativa, entre <strong>300 y 600 € al año</strong> para un autónomo o microempresa con un límite de 100.000–250.000 €, y entre <strong>1.200 y 4.000 €</strong> para pymes con facturación de varios millones, datos sensibles o dependencia crítica de sus sistemas. No existe tarifa plana: la prima se calcula sobre la facturación, el sector, el volumen y tipo de datos tratados, el límite y los sublímites elegidos, los controles técnicos implantados y la siniestralidad de los últimos tres años. Cualquier precio cerrado ofrecido sin preguntar por esas variables no es una cotización real.
¿Qué cubre exactamente la póliza cyber?
Cubre tres bloques. <strong>Daños propios</strong>: restauración de datos y sistemas, peritaje forense, pérdida de beneficios por interrupción, extorsión cibernética y gastos de notificación y gestión de crisis. <strong>Responsabilidad civil frente a terceros</strong>: reclamaciones de clientes o empleados cuyos datos se hayan visto comprometidos, sanciones administrativas legalmente asegurables y responsabilidad por transmisión de malware. <strong>Servicios de respuesta</strong>: línea 24/7, equipo forense, asesoría jurídica en protección de datos y soporte de comunicación. La reposición de fondos por fraude suele ser un sublímite aparte que hay que contratar de forma expresa.
¿Es obligatorio contratar un ciberseguro en España?
No existe una obligación legal general de contratar un ciberseguro. Sin embargo, sí existen obligaciones legales de <em>ciberseguridad</em> y de notificación: el RGPD exige notificar las brechas de datos personales a la AEPD en 72 horas, y la Directiva NIS2 impone medidas de gestión de riesgos y notificación escalonada a entidades esenciales e importantes. Además, cada vez más pliegos y contratos exigen al proveedor disponer de un ciberseguro con un límite mínimo, especialmente en las cadenas de suministro de banca, energía y sanidad. En la práctica, para muchas empresas ha pasado de ser una decisión de riesgo a un requisito comercial.
¿Qué aseguradoras ofrecen ciberseguro en España?
El mercado combina tres tipos de oferta. <strong>Aseguradoras generalistas</strong> como Mapfre, BBVA Allianz, Santander, AXA o Zurich, que integran el ciber con el resto del programa de seguros. <strong>Especialistas en ciberriesgo</strong> como Hiscox (gama CyberClear), Chubb, Beazley, AIG o Tokio Marine HCC, con red forense propia y condicionados más finos. Y <strong>paquetes de telco/IT</strong>, como el ciberseguro de Telefónica y Movistar Empresas, que combinan ciberseguridad gestionada y póliza. Los nombres comerciales (Cyber Plus, CyberClear y similares) esconden alcances muy distintos: hay que comparar condicionados, no marcas.
¿Cubre el ciberseguro el fraude del CEO o una transferencia a un estafador?
Solo si has contratado el <strong>sublímite específico de transferencia fraudulenta de fondos</strong>. La cobertura base de un ciberseguro responde del ataque a tus sistemas, no del dinero que un empleado transfiere voluntariamente tras ser engañado. Es la brecha de cobertura más cara y más frecuente: según INCIBE, el fraude online supuso 45.445 casos en 2025, cerca de cuatro de cada diez incidentes gestionados. Revisa siempre si tu póliza lo incluye, con qué importe y qué requisitos de doble validación exige el asegurador.
¿Mi seguro de multirriesgo de negocio ya cubre un ciberataque?
No. El multirriesgo de negocio cubre el <em>daño material</em> al equipo informático —un incendio, una inundación, el robo del portátil—, pero no el cifrado de tus datos por un ransomware, ni la pérdida de beneficios derivada de la parada informática, ni la responsabilidad frente a los clientes cuyos datos se hayan filtrado. Del mismo modo, el seguro de responsabilidad civil general suele excluir los daños derivados de incidentes informáticos, y el D&O protege al administrador en su esfera personal, no a la sociedad. Son capas distintas y complementarias.

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