Flota de camiones de transporte de mercancías en una explanada logística

Especialidad: transporte y mudanzas

Seguros para empresas de transporte

La ley te hace responsable de la mercancía que llevas. No te hace estar asegurado. Esa diferencia es donde nos especializamos.

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Empecemos por lo que de verdad te juega: la mercancía

El seguro obligatorio de tu vehículo cubre los daños que causes a terceros en la carretera. No cubre la mercancía que transportas. Y como transportista —porteador, en el lenguaje de la ley— respondes de esa mercancía desde que la cargas hasta que la entregas.

Aquí está el detalle que muchos seguros genéricos no te explican: la ley limita esa indemnización a un máximo por kilo. En transporte nacional, alrededor de 6,67 €/kg (un tercio del IPREM diario —hoy 20 €/día—, según la Ley 15/2009, art. 57). En internacional, 8,33 DEG por kilo —unos 10 €/kg— bajo el convenio CMR (art. 23).

Un ejemplo

Un palé de electrónica que vale 60.000 € y pesa 300 kg. Si se pierde o se destruye, la ley te obliga a responder… pero el límite legal por kilo deja la indemnización en unos 2.000 €. La diferencia, casi 58.000 €, la pones tú —salvo que tengas la cobertura adecuada.

Por eso conviene no confundir tres cosas distintas: el RC de tu vehículo, tu responsabilidad como transportista sobre la mercancía, y el seguro de la propia mercancía a su valor real. Nuestro trabajo es que no quede ningún hueco entre las tres.

Las coberturas de una empresa de transporte

Algunas obligatorias, otras imprescindibles aunque nadie te las exija.

Flota y RC del vehículo

Lo obligatorio para circular. Si tienes varios vehículos, una sola póliza de flota los cubre todos, con su portal de siniestros y mejores condiciones por volumen.

RC del transportista

Tu responsabilidad legal por la mercancía que llevas, dentro de los límites de la Ley 15/2009 en nacional y del convenio CMR en internacional.

Seguro de mercancías a valor real

Cierra el hueco del límite por kilo: asegura la mercancía por lo que vale de verdad, con declaración de valor para las cargas más sensibles.

Multirriesgo de nave y almacén

Tu nave, la mercancía almacenada y el guardamuebles: incendio, robo, daños por agua y RC de explotación.

Accidentes de convenio

Obligatorio por el convenio colectivo del transporte. Lo calculamos según tu provincia y tu actividad, con capitales mayores si transportas mercancías peligrosas.

Mercancías peligrosas (ADR)

Si llevas ADR, un derrame puede contaminar suelo o agua, y eso tu RC no lo cubre. Lo combinamos con responsabilidad medioambiental.

Qué incluye cada nivel

Una guía orientativa. Los capitales y condiciones exactos dependen de tu actividad y de la aseguradora; comparamos entre las mejores opciones para tu caso.

Cobertura Esencial Transportista Popular Flota y a medida
RC obligatoria del vehículo
Asistencia en carretera 24/7
Gestión del siniestro con representación frente a la aseguradora
RC del transportista (mercancía bajo tu custodia)
Seguro de mercancías a valor real / declaración de valor
Accidentes de convenio para tus empleados
Multirriesgo de nave, almacén y guardamuebles
Mercancías peligrosas (ADR) + responsabilidad medioambiental
Ciberseguro para flota conectada y TMS
Póliza de flota unificada

¿Haces mudanzas?

Empezamos por las mudanzas

Las empresas de mudanzas tienen un seguro a su medida: daños al inmueble, a los enseres, guardamuebles y montamuebles. Es un mundo aparte dentro del transporte, y lo conocemos a fondo.

Seguros para mudanzas

¿Autónomo transportista?

Una furgoneta, un camión, tú al volante

Tanto si eres autónomo con un vehículo como si gestionas una flota, te cubrimos con el mismo criterio. Mira las coberturas pensadas para el autónomo del transporte y el reparto.

Seguros para autónomos

Preguntas frecuentes

Sobre los seguros de transporte de mercancías.

¿Es obligatorio asegurar la mercancía que transporto?
Por ley general, lo único obligatorio para circular es el RC de tu vehículo. La mercancía no estás obligado a asegurarla, pero —y aquí está la trampa— como transportista respondes de ella desde que la cargas hasta que la entregas. La ley te hace responsable aunque no te obligue a estar asegurado. Por eso cubrir esa responsabilidad no es opcional en la práctica: es lo que te separa de pagar un siniestro de tu bolsillo.
Si pierdo o se daña la mercancía, ¿cuánto tengo que indemnizar?
Hay un límite legal por kilo. En transporte nacional, alrededor de 6,67 €/kg (un tercio del IPREM diario, según la Ley 15/2009). En internacional, 8,33 derechos especiales de giro por kilo —unos 10 €/kg— bajo el convenio CMR. Para mercancía de alto valor y poco peso, ese límite se queda muy corto, y el hueco lo pagas tú. Se amplía con una declaración de valor o un seguro de mercancías a valor real.
¿El seguro de mi camión no cubre ya la mercancía?
No. Son tres cosas distintas y es muy fácil confundirlas: el RC del vehículo (los daños que causes a terceros en la vía), tu RC como transportista (la mercancía que va bajo tu custodia, con el límite por kilo) y el seguro de la propia mercancía a su valor real. El seguro del camión solo cubre lo primero. Nuestro trabajo es que no quede ningún hueco entre los tres.
¿Qué son los accidentes de convenio y son obligatorios?
Es una cobertura de accidentes para tus empleados que exige el convenio colectivo del transporte. No es opcional, y los capitales dependen de tu provincia y de tu actividad —son mayores si transportas mercancías peligrosas—. Saber exactamente qué convenio te aplica y con qué capitales evita sanciones y sustos; te lo concretamos según dónde operes.
Transporto mercancías peligrosas (ADR). ¿Necesito algo más?
Sí. Un derrame de ADR puede contaminar el suelo o el agua, y la Ley 26/2007 te hace responsable de repararlo de forma objetiva e ilimitada: respondes aunque no haya culpa. Eso tu RC no lo cubre. Necesitas una póliza de responsabilidad medioambiental, que montamos junto al resto de tu programa de transporte.
¿Trabajáis con autónomos transportistas o solo con flotas grandes?
Con los dos. Tanto si eres un autónomo con una furgoneta o un camión como si gestionas una flota de decenas de vehículos, te cubrimos con el mismo criterio y la misma atención. La diferencia la marca tu riesgo real, no tu tamaño.

¿Quieres que revisemos tu cobertura de transporte?

Cuéntanos qué transportas y cómo. En unos minutos te decimos dónde tienes huecos y cómo cerrarlos. Sin compromiso.

Si transportas mercancías peligrosas

Un derrame de ADR no lo cubre tu RC

Si contaminas suelo o agua, la Ley 26/2007 te hace responsable de repararlo de forma objetiva e ilimitada: respondes aunque no haya culpa. La responsabilidad medioambiental sí llega ahí.

Ver responsabilidad medioambiental

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Fuentes y referencias

  1. Límite de indemnización del transportista en transporte nacional: un tercio del IPREM/día por kilo de peso bruto (IPREM 2026: 20 €/día → ≈ 6,67 €/kg)Ley 15/2009, art. 57 — BOE
  2. Límite de indemnización en transporte internacional: 8,33 DEG por kilo de peso brutoConvenio CMR, art. 23 (Protocolo de 1978) — BOE
  3. Responsabilidad medioambiental objetiva e ilimitada por daños al suelo, el agua y los ecosistemasLey 26/2007 de Responsabilidad Medioambiental — BOE
  4. El transporte fue el sector esencial más atacado de España en 2024 (24,6 % de los incidentes a operadores esenciales)INCIBE — Balance de Ciberseguridad 2024